El Catecismo de la Iglesia Católica describe el derecho a la legítima defensa
El mandamiento nuevo que instituyó Jesucristo en la Última Cena del Jueves Santo fue el de la Caridad, que nos amemos unos a otros, incluso a los enemigos. Por ello el Santo Padre León XIV promueve el diálogo entre los opuestos. En la familia, entre los vecinos, las regiones, los países y naciones se ha promover la Caridad porque Dios es Amor, el amor por antonomasia. Habrá uno o muchos a quienes no le guste este Santo Padre porque lo que promueve es el diálogo para la paz, pero no solo una simple paz en el mundo, sino esa Paz de Cristo que nos invita al diálogo, a veces intenso, para evitar que nos matemos unos con otros.
Realmente es dificilísimo un diálogo fructífero para llegar
a una paz verdadera, y no solo estoy pensando en estas guerras con los
terroristas islámicos de varios países, que no quieren hablar sino borrar del
mapa a los judíos y a los cristianos, sino dentro de nuestras familias para
extender el amor a los demás.
Pero que no espere nadie que este Papa se doblegue ante
acusaciones sórdidas, ni la mayoría de los católicos practicantes que piensan
igual que el Santo Padre.
Sin embargo es importante destacar que los católicos tenemos el derecho a defendernos ante cualquier ataque. El católico puede ser un tonto o
un estúpido pero no por ser católico sino por otros factores. En el Catecismo
de la Iglesia Católica describe el derecho de defensa de la siguiente manera en
los puntos 2263, 2264 y 2265:
2263 La
legítima defensa de las personas y las sociedades no es una excepción a la
prohibición de la muerte del inocente que constituye el homicidio voluntario.
“La acción de defenderse [...] puede entrañar un doble efecto: el uno es la
conservación de la propia vida; el otro, la muerte del agresor” (Santo Tomás de
Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7). “Nada impide que un solo acto
tenga dos efectos, de los que uno sólo es querido, sin embargo el otro está más
allá de la intención” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a.
7).
2264 El
amor a sí mismo constituye un principio fundamental de la moralidad. Es, por
tanto, legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida. El que defiende su
vida no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su
agresor un golpe mortal:
«Si para defenderse se ejerce una violencia mayor que la necesaria, se trataría de una acción ilícita. Pero si se rechaza la violencia en forma mesurada, la acción sería lícita [...] y no es necesario para la salvación que se omita este acto de protección mesurada a fin de evitar matar al otro, pues es mayor la obligación que se tiene de velar por la propia vida que por la de otro» (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7).
2265 La
legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para
el que es responsable de la vida de otro. La defensa del bien común exige
colocar al agresor en la situación de no poder causar prejuicio. Por este
motivo, los que tienen autoridad legítima tienen también el derecho de
rechazar, incluso con el uso de las armas, a los agresores de la sociedad civil
confiada a su responsabilidad.
Catecismo de la Iglesia Católica
foto del barco BBC News

